Condiciones Generales
1. Es condición indispensable para adherirse al Centro Mutual Docente ser beneficiario de la obra social OSDOP y del sindicato SADOP.
2. El beneficiario de la Mutual podrá acceder a los servicios que éste ofrece dentro del ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires. El Centro Mutual se reserva el derecho de modificar el listado de prestadores, obligándose a ponerlo en su página web a disposición del afiliado.
3. El Consejo Directivo del Centro Mutual podrá modificar el valor de la cuota arancelaria, coberturas, carencias, y topes de utilización, agregar o quitar prestaciones en resguardo del sano funcionamiento económico-financiero del Centro Mutual, comunicándoselo a los afiliados a través de nuestra página web.
4. El derecho de acceso a las prestaciones comenzará a regir desde la fecha de alta informada en Mail de bienvenida.
5. Para acceder a las prestaciones que requieren autorización o reintegros de CMD, el beneficiario deberá gestionarlo en este sitio web donde, previa verificación del cumplimiento de los requisitos y que no se excedan los topes de utilización, se autorizará o reintegrará la práctica o provisión solicitada.
6. Los únicos métodos habilitados para el pago de cuotas son VISA, CBU o LINK-Pagos. En caso de recibir repetidamente rechazos por los sistemas de VISA o CBU, se cambiará automáticamente a LinkPagos informando vía mail al afiliado, y dándole la posibilidad de optar por los anteriores con diferentes números de Tarjeta o CBU según corresponda. Solo se aceptarán otros medios de pago que hayan sido previamente autorizados desde Sede Central.
7. Baja voluntaria: La baja al SADOP o la OSDOP no implica baja al CMD ya que las prestaciones y afiliación son independientes. La baja voluntaria deberá ser firmada por la/el afiliada/o mediante planilla de Baja solicitándola por mail a afiliaciones.cmd@gmail.com, especificando los motivos de la misma. Será condición necesaria para la baja, estar con las cuotas al día. De no estarlo podrá acceder a un plan de pagos con Baja provisoria, o saldar en el momento la deuda para acceder a la Baja definitiva. Cualquiera de las dos opciones se hará efectiva a partir del mes siguiente de recibida la solicitud.
8. Cuando el afiliado se encuentre adeudando al Centro Mutual, se le suspenderán los servicios de autorizaciones de forma parcial o total, de acuerdo a la cantidad de cuotas normales(1) adeudadas, incluyendo las cuotas de los meses en curso, a saber:
Cuotas al día: cobertura total.
De 1 a 3 cuotas impagas: cobertura parcial (solo co-seguros y farmacia).
4 a 6 cuotas impagas: sin cobertura total (se siguen generando cuotas).
Más de 6 cuotas impagas: sin cobertura total y posible baja provisoria (ver punto 10 y 11).
(1) Se considera cuota normal a las cuotas generadas mensualmente, diferenciándose de las cuotas de plan de pagos.
9. Cuando el afiliado se encuentre dentro de las condiciones del punto 8, podrá acceder a un plan de pagos por DEUDA PENDIENTE. Con este compromiso firmado, durante el tiempo que se encuentre cursando el mismo, tendrá acceso a cobertura parcial (co-seguros y farmacia). Beneficio que se pierde en caso de mora en el pago de alguna cuota del mencionado plan de pagos. Saldado el mismo, recuperará la cobertura total.
10.Baja provisoria otorgada por la Comisión Directiva: El Centro Mutual se reserva el derecho de dar baja provisoria del sistema, al afiliado que se encuentre adeudando más de seis cuotas, perdiendo con ello todo tipo de beneficios y carencia que le hubieren podido corresponder, y quedando pendiente la deuda a pagar.
11.La Baja provisoria, descripta en el punto anterior, habilita al Centro Mutual Docente a iniciar las acciones legales correspondientes, previa constitución en mora mediante carta documento de intimación de pago.
12. El Centro Mutual puede modificar estas condiciones comunicándoselo a los afiliados a través de nuestra página web.
Leído y comprendido, firmo en CONFORMIDAD.