Condiciones Generales
1. Es condición indispensable para adherirse al Centro Mutual Docente ser beneficiario de la obra social OSDOP y del Sindicato SADOP.
2. El beneficiario de la Mutual podrá acceder a los servicios que éste ofrece dentro del ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires. El Centro Mutual se reserva el derecho de modificar el listado de prestadores, obligándose a ponerlo en su página web a disposición del afiliado.
3. El Consejo Directivo del Centro Mutual podrá modificar el valor de la cuota arancelaria, coberturas, carencias, y topes de utilización, agregar o quitar prestaciones en resguardo del sano funcionamiento económico-financiero del Centro Mutual, comunicándoselo a los afiliados a través de nuestra página web.
4. El derecho de acceso a las prestaciones comenzará a regir al mes siguiente de haberse efectivizado su alta en el padrón de la Mutual.
5. Los únicos métodos habilitados para el pago de cuotas son VISA, CBU o LINK-Pagos. En caso de recibir repetidamente rechazos por los sistemas de VISA o CBU, se cambiará automáticamente a LinkPagos informando vía mail al afiliado, y dándole la posibilidad de optar por los anteriores con diferentes números de Tarjeta o CBU según corresponda. Solo aceptaremos otros medios de pago que sean autorizados desde Sede Central.
6. Para acceder a las prestaciones que requieren autorización o reintegros de CMD, el beneficiario deberá gestionarlo en este sitio web donde, previa verificación de su condición de aportante al día, de la constatación de que no se halla en período de carencia y que no se excedan los topes de utilización, se autorizará o reintegrará la práctica o provisión solicitada.
7. Baja voluntaria: La baja voluntaria será firmada por el Afiliado mediante planilla de Baja en la Delegación a la que pertenezca, o solicitándola por mail a afiliaciones.cmd@gmail.com, especificando los motivos de la misma. Será condición necesaria para la baja, estar con las cuotas al día y/o saldar en el momento la deuda para acceder a ella. La Baja se hará efectiva a partir del mes siguiente de recibida la solicitud.
8. Cuando el afiliado se encuentre adeudando, al Centro Mutual, hasta seis cuotas, podrá abonar la deuda mediante plan de pagos por DEUDA PENDIENTE. Asimismo se le informa que se le suspenderán los servicios de autorizaciones de forma parcial o total, de acuerdo a la cantidad de cuotas normales(1) adeudadas, contando las cuotas en curso, a saber:
Más de 6 cuotas impagas: sin cobertura total y posible baja provisoria.
4 a 6 cuotas impagas: sin cobertura total (se siguen generando cuotas).
De 1 a 3 cuotas impagas: cobertura parcial (solo co-seguros y farmacia).
Cuotas al día: cobertura total.
(1) Se considera cuota normal a las cuotas generadas mensualmente, diferenciándose de las cuotas de plan de pagos.
9. Baja provisoria otorgada por la Comisión Directiva: El Centro Mutual se reserva el derecho de dar baja provisoria del sistema, al afiliado que se encuentre adeudando más de seis cuotas, perdiendo con ello todo tipo de beneficios y carencia que le hubieren podido corresponder, quedando pendiente la deuda a pagar.
10. La Baja provisoria, descripta en el punto anterior, habilita al Centro Mutual Docente a iniciar las acciones legales correspondientes, previa constitución en mora mediante carta documento de intimación de pago.
11. El Centro Mutual puede modificar estas condiciones comunicándoselo a los afiliados a través de nuestra página web.
Leído y comprendido, firmo en CONFORMIDAD.